Tasaciones para herencias, divorcios, Hacienda y compraventas

El valor de un inmueble depende de para qué se necesita. Una tasación para repartir una herencia no se redacta igual que una para recurrir una liquidación de Hacienda o para fijar el precio de venta. Le asesoramos sobre el tipo de informe que necesita y lo redactamos conforme a la normativa de valoración aplicable.

Finalidades más habituales

  • Herencias y donaciones: valor real de los bienes para el reparto entre herederos y para el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
  • Divorcios y separaciones: valoración de la vivienda y del resto de bienes comunes para la liquidación.
  • Hacienda y Junta de Andalucía: informe de contraste frente al valor de referencia del Catastro o frente a una comprobación de valores.
  • Compraventa: precio de mercado razonado antes de vender o de comprar.
  • Garantía hipotecaria: tasaciones conforme a la Orden ECO/805/2003.
  • Explotaciones económicas: bodegas, naves, hoteles, fincas rústicas y negocios ligados a un inmueble.
  • Seguros y actualización de balances: valor de reposición y valor contable de activos inmobiliarios.

Qué incluye el informe

Visita al inmueble, comprobación registral y catastral, situación urbanística, estudio de mercado con testigos comparables, método de valoración justificado, fotografías y firma del arquitecto tasador.

Preguntas frecuentes

¿Sirve su informe para recurrir el valor de referencia de Hacienda?
Sí. Es la prueba técnica que se aporta en la rectificación de la autoliquidación o en el recurso.
¿Tasan fincas rústicas y bodegas?
Sí, también inmuebles ligados a una explotación económica.
¿Cuánto tarda una tasación?
Depende de las características del inmueble y del informe. Le indicamos el plazo junto con el presupuesto.
¿En qué zona trabajan?
En las provincias de Cádiz y Sevilla.

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